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PREGUNTA: Tenemos a un trabajador que lleva 22 meses en nuestra empresa con un contrato por obra y servicio. Una de nuestras trabajadoras, que acaba de terminar su baja por maternidad, se ha acogido a la excedencia por cuidado de un hijo menor de tres años y queremos que la sustituya. ¿Es posible?

RESPUESTA: Con carácter general adquieren automáticamente la condición de trabajadores fijos quienes hayan estado contratados durante un plazo superior a 24 meses, dentro de unperiodo de 30, con o sin paréntesis de interrupciones, para el mismo puesto de trabajo con la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales, ya sea directamente o a través de una ETT, y con las mismas o diferentes modalidades de contrato temporal (art. 15.5 del ET). Sin embargo, esta limitación no se aplica al contrato de interinidad, por lo que la opción que plantea su empresa es perfectamente posible y pueden suscribir con el trabajador un contrato de interinidad durante el tiempo que dure la baja por excedencia.

El contrato de interinidad del trabajador durará todo el tiempo en que la trabajadora esté en situación de excedencia por cuidado de hijos menores de tres años y se extinguirá cuando ésta se reincorpore a su puesto.

¡ATENCIÓN!: Aunque prácticamente todas las empresas tienen trabajadores con contratos temporales, no siempre se utilizan bien las tres fórmulas de contratación temporal: contrato por obra o servicio, eventual por circunstancias de la producción y contrato de interinidad. ¿Hasta qué punto se pueden encadenar contratos temporales?, ¿cuáles son los errores más frecuentes que cometen las empresas y que al final las obligan a reconocer como indefinido un contrato temporal?, ¿en qué casos hay que pagar la indemnización de ocho días por fin de contrato?, ¿cuál es límite máximo de duración de cada uno de los tres tipos de contrato?, ¿qué sucede con el sustituto cuando el trabajador al que se sustituye con contrato de interinidad no se reincorpora finalmente a su puesto?… Los Suscriptores del manual Mi Asesor de Personal tienen a su disposición tres temas específicos, dedicados a cada uno de los tres tipos de contrato temporal; por lo que tienen bajo control la utilización de esta modalidad contractual -Ver Índice de Temas-. No lo dude más y pinche aquí para suscribirse hoy mismo a Mi Asesor de Personal, el manual laboral de recursos humanos más práctico y completo, pensado y escrito para el empresario.

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