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Muchos convenios colectivos vinculan el incremento salarial para un año al IPC previsto para ese mismo ejercicio. Pero en 2009, como el Gobierno no había hecho previsiones oficiales sobre este dato y las estimaciones apuntaban a que el crecimiento del IPC en este ejercicio va a ser negativo, muchas empresas han utilizado ambos argumentos para no subir los sueldos a sus trabajadores.

Si su empresa es de las que se acogió a ese razonamiento para no subir los sueldos en 2009, le interesa saber que la Audiencia Nacional ha tomado cartas en el asunto.

Si el convenio colectivo de aplicación en su empresa vincula el incremento salarial para un año al IPC previsto para ese mismo ejercicio, debe saber que varias sentencias de la Audiencia Nacional (AN) “condenan” a las empresas a aplicar una subida salarial del 2% a sus trabajadores.

En sus sentencias, la AN justifica su fallo utilizando dos argumentos:

1) Sí hay un IPC “oficial” previsto para 2009, y es el que ha utilizado el Gobierno para fijar los incrementos en las pensiones y las retribuciones de los funcionarios (el 2%).

2) Si el convenio colectivo establece una revisión salarial según la previsión del IPC, la empresa está obligada a cumplirlo para acatar las exigencias del convenio.

En el número de julio-agosto de PractiLetter Laboral, que nuestros Suscriptores están a punto de recibir, podrá leer íntegro un artículo en el que le desvelamos todas las claves de esta sentencia y qué tiene que hacer ahora si su empresa fue una de las que congeló los sueldos acogiéndose a que no había IPC previsto.

Y además, una vez visto que no se puede utilizar el argumento de la falta de IPC previsto, ya que la Audiencia lo ha echado por tierra, le damos otras alternativas legales a su alcance para poder congelar los sueldos.

Si le interesa este tema (¿a qué empresa podría no interesarle?), sólo tiene que suscribirse a PractiLetter Laboral y le enviaremos este ejemplar tan pronto salga de imprenta, que será el primer número de su suscripción.

Además de este asunto, en ese mismo número de PractiLetter encontrará otros de gran interés para su empresa, tales como:

Nueva Gripe A-H1N1: ¿está preparada su empresa?: los casos de nueva gripe aumentan día a día y, en cualquier momento, puede encontrarse con un trabajador afectado y es muy importante saber cómo actuar. En este artículo le explicamos, entre otras muchas cuestiones, cómo debe actuar, qué papel debe jugar la comunicación interna para mantener la tranquilidad, qué medios puede poner su empresa para evitar el contagio y cómo debe actuar con los trabajadores que deban desplazarse al extranjero.

  • Uso mixto del coche de empresa: ¿utilizan algunos de sus trabajadores coches de empresa a los que también pueden dar un uso privado cuando no están trabajando? Entonces le conviene saber que la Audiencia Nacional ha dado un vuelco muy ventajoso al criterio fiscal para fijar cuál es el uso del coche como herramienta de trabajo y cuál debe tributar en el IRPF del trabajador. El nuevo criterio hace que el uso mixto del coche de empresa sea ahora aún más atractivo como retribución en especie.
  • Responsabilidad Social Corporativa (RSC), una oportunidad de negocio: le damos las claves para que pueda poner en marcha un plan de RSC que cumpla las expectativas de los distintos grupos de interés de su empresa. ¡Y con un plus!: La RSC no es sólo cosa de grandes compañías, sino aplicable a cualquiera independientemente de su tamaño. Es más, muchas veces, cuanto más pequeña sea una empresa, más fácil le resulta realizar acciones de responsabilidad social acordes con su tamaño.
  • Y mucho más.

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