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PREGUNTA: Estamos reorganizando las actividades de nuestra empresa para ajustarlas a la ca铆da de la demanda y necesitamos que uno de nuestros trabajadores pase a realizar otras tareas diferentes a las que viene desempe帽ando. Aunque el cambio se har谩 dentro de la misma categor铆a profesional, la retribuci贸n de las nuevas funciones es inferior a la suya. 驴Podemos reducirle el salario?

RESPUESTA: Lo que est谩 planteando su empresa es un caso de movilidad funcional horizontal o interna, es decir, un cambio de funciones dentro de la misma categor铆a profesional. Pero aunque a las funciones que pase a desempe帽ar el trabajador, sea de forma temporal o definitiva, les corresponda una retribuci贸n inferior, no pueden rebajarle su sueldo, por lo que su trabajador deber谩 seguir cobrando lo mismo. Sin embargo, en el caso contrario de que un empleado pasara a realizar funciones que dieran derecho a percibir una retribuci贸n superior, la empresa si estar铆a obligada a pagarle la diferencia y subirle el sueldo (art. 39.3. del ET).

Como se trata de un caso de movilidad horizontal, los requisitos que tiene que seguir su empresa para llevarla a cabo son menores que en otro tipo de cambios (salvo que su convenio especifique algo distinto al respecto). As铆, por ejemplo, su empresa puede decidir unilateralmente el cambio de funciones, independientemente de lo que opine el trabajador; no tiene que alegar ni justificar de ning煤n modo su decisi贸n; no est谩 obligada a comunic谩rselo por escrito ni al trabajador afectado ni a los representantes de los trabajadores y el cambio puede ser definitivo o temporal.

No obstante, una cosa son sus facultades legales para organizar la empresa y otra la necesidad de velar por el buen ambiente laboral. Por lo tanto, cuide todo el proceso de comunicaci贸n de su decisi贸n al trabajador, fundamental para conseguir su implicaci贸n en sus nuevas funciones y su comprensi贸n con las razones de la empresa.

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