PREGUNTA: Tenemos la sospecha de que uno de nuestros trabajadores ha podido contraer la gripe A en una viaje de trabajo a Argentina. Le hemos dicho que no venga a trabajar mientras se confirme su diagn贸stico. Si finalmente es as铆, 驴ser铆a una baja por enfermedad com煤n o profesional, al haberla contra铆do trabajando? Y se confirme o no, 驴estos d铆as que no est谩 trabajando que son legalmente: un permiso retribuido, una baja por incapacidad temporal…?
Por eso, hemos preparado un Informe Estrat茅gico, claro y conciso, que le permitir谩 poner en marcha un plan de actuaci贸n eficaz frente a la gripe A ahora mismo, antes de que la pandemia se encuentre en su pico m谩s alto de contagio. Si lo desea, puede consultar el 铆ndice de contenidos del informe pinchando aqu铆. Por s贸lo 29 euros (descuento de 28 euros frente a聽su precio actual de 57 euros), su empresa sabr谩 c贸mo actuar ante el primer caso de un trabajador que se vea afectado. Adem谩s, si se produjera alg煤n cambio en la normativa relativo a la gripe A le informaremos puntualmente de ello durante seis meses completamente gratis. Para adquirir el Informe puede hacerlo a traves de nuestra tienda online,聽Asesoriza, llamarnos al telf. 914 170 615聽贸, si lo desea, descarg谩ndose el bolet铆n de pedido y envi谩ndolo al Fax. 914 170 054聽
RESPUESTA:
Por el momento, y teniendo en cuenta que la evoluci贸n imparable del virus de la gripe A puede llevar a cambiar los criterios actuales, la gripe A se considera como enfermedad com煤n, aunque haya sido contra铆da en el marco laboral. 脷nicamente se considera enfermedad profesional en el caso de trabajadores sanitarios (por ejemplo, profesionales de laboratorio que analizan muestras contaminadas).
Y respecto a la segunda cuesti贸n, el hecho de que su empresa, como medida preventiva, decida unilateralmente que un trabajador o grupo de trabajadores no acuda a trabajar, no significa autom谩ticamente que se encuentre en situaci贸n de incapacidad temporal por aislamiento preventivo.
Aunque la situaci贸n de los trabajadores que est茅n en periodo de aislamiento preventivo al sospecharse que puedan haberse contagiado de la gripe producida por el virus A-H1N1, y mientras no se sepa si realmente lo est谩n o no, se considera incapacidad temporal derivada de enfermedad com煤n (Resoluci贸n de 7.05.09, de la Direcci贸n General de Ordenaci贸n de la Seguridad Social; BOE de 9.05.09), este reconocimiento no es autom谩tico. Como en el resto de bajas m茅dicas, es la Seguridad Social la que determina que un trabajador se encuentre en situaci贸n de incapacidad temporal.
隆Atenci贸n!: La m谩xima “m谩s vale prevenir que curar” es una realidad incontestable en el caso de la Gripe A. La Organizaci贸n Mundial de la Salud (OMS) ha reconocido que la “propagaci贸n del virus A-H1N1 es incontenible”. Por eso, teniendo en cuenta el panorama que se avecina, a su empresa le interesa tener muy claro c贸mo actuar cuando uno de sus empleados se contagie o sospeche que se haya podido contagiar, qu茅 medidas puede tomar para proteger la salud de sus trabajadores y tambi茅n para que el absentismo que pueda llegar a causar la gripe no paralice su empresa, entre otros asuntos.
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