RESPUESTA: Su empresa est谩 obligada a garantizar que cada trabajador reciba una formaci贸n te贸rica y pr谩ctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contrataci贸n, cualquiera que sea la modalidad o duraci贸n de 茅sta, como cuando se introduzcan nuevas tecnolog铆as o cambios en los equipos de trabajo o se cambie de funciones al trabajador, como es el caso que plantea (art. 19.1 de la Ley 31/1995, de 8.11.95, de Prevenci贸n de Riesgos Laborales; BOE de 10.11.95).
Esta formaci贸n, siempre que sea posible, debe impartirse dentro de la jornada ordinaria del trabajador. Y si no es posible, su empresa deber谩 descontar las horas invertidas en realizar el curso de la jornada ordinaria del trabajador; es decir, que el tiempo que haya dedicado a la formaci贸n tendr谩 que reduc铆rselo de su tiempo de trabajo (art. 19.2 de la Ley 31/1995). Adem谩s, y dado que el coste de la formaci贸n no puede repercut铆rsele al trabajador, pues es a cargo de la empresa, ni el trabajador debe asumir ese coste directamente ni su empresa puede descontarle de su sueldo las horas de tiempo que ha dedicado a la formaci贸n.
隆ATENCI脫N!: La formaci贸n es tan s贸lo una de las m煤ltiples “patas” que tiene la prevenci贸n de riesgos laborales. Independientemente del tama帽o o sector de actividad de su empresa, debe contar con la mejor informaci贸n para tener bajo control la labor de prevenci贸n. Ese es precisamente el objetivo de la nueva publicaci贸n PractiLetter Prevenci贸n de Riesgos Laborales, creada por Asesoriza, el mismo grupo editorial de Cart@ de Personal. 驴Quiere conocer GRATIS el n煤mero 1? Desc谩rgueselo aqu铆.






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