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¿Ha comunicado ya a sus trabajadores sus fechas de vacaciones? Pues no tiene mucho tiempo, puesto que éstos tienen derecho a conocerlas con una antelación mínima de dos meses. Y éste es tan sólo uno de los muchos aspectos que debe tener en cuenta su empresa sobre las vacaciones. ¿Conoce -por ejemplo- la última sentencia del Tribunal Supremo, dictada hace poco más de un mes sobre lo que ocurre cuando un trabajador empieza a estar de baja por IT y aún no había comenzado sus vacaciones? Pinche aquí para seguir leyendo.

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