PREGUNTA: En ocasiones puntuales nuestros empleados tienen que trabajar en dÃas festivos para atender picos de demanda. Queremos saber si existe algún plazo lÃmite para que los trabajadores disfruten de los dÃas que les corresponden por trabajar en festivo.
RESPUESTA: Salvo que su convenio diga algo al respecto o se haya pactado asà con el trabajador, el derecho a la compensación que tienen los trabajadores de disfrutar de un dÃa de descanso por cada festivo trabajado no está sometido a ningún plazo de caducidad. Esto significa que su trabajador puede solicitarle los dÃas en cualquier momento, incluso aunque haya finalizado el año natural (sent. del TSJ de PaÃs Vasco de 12.02.00).
Su empresa tiene la opción de, en vez de compensar el dÃa festivo trabajado con un dÃa de descanso, remunerar al trabajador. En este caso, deberá abonarle el importe de las horas trabajadas en el dÃa festivo, incrementadas en un 75% como mÃnimo (art. 47 del RD 2001/1983).
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