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El 49% de los trabajadores pediría un cambio de trabajo a los Reyes Magos para el nuevo año, frente al 32% que no desea ningún cambio laboral. Según un sondeo realizado por la consultora de recursos humanos Adecco, este dato contrasta con los del año pasado, cuando el 73,5% de los empleados no se planteaba nuevas alternativas laborales. El 19% restante quiere cambiar de trabajo pero sólo cuando la situación económica mejore. Entre los regalos, destaca que para casi el 37% de los encuestados el mejor sería un aumento de sueldo, aunque el 74% no cree que esto ocurra en 2012. Para el 21% el mejor regalo sería una mayor flexibilidad laboral, mientras que un 19% estaría muy satisfecho con más formación. Además, el 13% agradecería mucho a los Reyes que le trajesen un ascenso profesional.


Más del 80% de los trabajadores considera que las empresas que imparten cursos de formación a sus empleados también obtienen beneficios de esta iniciativa. Según una encuesta elaborada por la web de búsqueda de empleo Trabajando.com y Universia España, el 49% de los encuestados cree que las empresas que dan ayudas para la formación mejoran su productividad y un 32% considera que estas acciones repercuten en un mejor clima laboral. Sólo para el 19%, los cursos de formación financiados por las empresas mejoran las aptitudes de los trabajadores sin influir en la empresa. Las áreas prioritarias de formación según los empleados son las capacidades personales (51%), los conocimientos técnicos en áreas como comunicación, gestión y conflictos (34%) y los idiomas (15%). Sin embargo, el 61% de los encuestados aseguró que su empresa no invierte en cursos de formación. ¿Sabía que dispone de un crédito para formar gratis a sus trabajadores? Con el Informe Estratégico “Formación de sus trabajadores a coste cero: todas las

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PREGUNTA: Tenemos contratados a varios trabajadores temporales con un contrato de obra (llevan dos años en la empresa). Está previsto que concluyan los trabajos a finales de este mes. ¿Cuántos días por fin de contrato tenemos que abonarles: 8 ó 9?

RESPUESTA: Su empresa tiene que abonarle ocho días de salario por año trabajado, salvo que su convenio colectivo disponga otra cosa. El pasado 1 de enero entró en vigor la medida incorporada por la Reforma Laboral (Ley 35/2010) que ampliaba gradualmente la indemnización que debe abonar la empresa al finalizar el contrato temporal (a excepción de los contratos de interinidad y formativos, que no dan derecho a indemnización). Pero esta ampliación a 9 días sólo se aplica a los contratos que se celebren a partir del 1 de enero de 2012. Si se trata de un contrato temporal suscrito con el trabajador antes de esa fecha, como es el caso de su empresa, entonces deberá abonarle la indemnización de ocho días por año trabajado.

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Muchas empresas, para evitar que haya fugas a otras empresas del sector de empleados de perfiles delicados como comerciales, directivos, consultores…  o para no arriesgarse a que el empleado se marche de la empresa para montar la suya propia, firman con sus trabajadores un pacto de no competencia poscontractual (también llamado de no concurrencia). Y a cambio de ese pacto, la empresa abona al trabajador una compensación económica. Hasta aquí, todo muy claro. Pero, ¿qué sucede si la empresa incluye expresamente en el pacto firmado libremente por el trabajador que se reserva el derecho de renunciar a lo dispuesto en la cláusula? El Tribunal Supremo acaba de zanjar la cuestión, de un modo favorable para el trabajador y además en unificación de doctrina.

La empresa no puede pactar con el trabajador una cláusula de no competencia que le permita renunciar a lo dispuesto en ella unilateralmente a su conveniencia. Aunque el trabajador firme su conformidad, la cláusula se considerará nula por abusiva. Y

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Le adjuntamos el “Documento sobre diálogo social bipartito entre el 9 de noviembre de 2011 y el 9 de enero de 2012″, en el que patronal y sindicatos han plasmado los resultados de sus negociaciones. Aunque hoy miércoles, 11 de enero, parece que se ha producido la ruptura del diálogo y que finalmente el Gobierno acabará legislando sobre la nueva Reforma Laboral sin esperar a un acuerdo entre patronal y sindicatos, en el documento se contemplan las materias en las que sí se ha alcanzado un acuerdo y los puntos más enquistados donde no ha sido posible llegar a un consenso. Este documento será el que previsiblemente tenga en cuenta el Gobierno a la hora de legislar la reforma laboral:

1) Materias en las que se ha alcanzado un acuerdo

  • Solución autónoma de conflictos.
  • Formación profesional para el empleo.

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El pasado 11 de diciembre pasó a la historia la Ley de Procedimiento Laboral (LPL), al entrar en vigor la nueva Ley de Jurisdicción Social (LJS) que afecta a muchos más aspectos en materia laboral de lo que su empresa podría imaginar:

Más competencias para el orden jurisdiccional social (proclive tradicionalmente hacia el trabajador), más protección para el trabajador (por ejemplo, en caso de despidos, traslados o modificaciones sustanciales de las condiciones del trabajo), cambios en el procedimiento judicial laboral, nuevas causas de nulidad en el despido colectivo por causas económicas, técnicas organizativas o de producción… Éstas son algunas de las grandes novedades de la nueva Ley, que en su mayoría son además para proteger la posición del trabajador.

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El nuevo Gobierno ya ha aprobado las primeras medidas en materia laboral que afectan a su empresa. El pasado 31 de diciembre se publicaron en el BOE el RD por el que se congela el Salario Mínimo Interprofesional para 2012 y el RD-Ley que prorroga temporalmente para 2012 la Ley de Presupuestos Generales del Estado

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