Imagine que su empresa se da cuenta de repente de que, por error, ha estado reteniendo IRPF de menos a algunos trabajadores, importes que, sin embargo, sí había estado ingresando en Hacienda. ¿Puede descontarles de las siguientes nóminas las cantidades que no detrajo en su momento? Hasta ahora no, por lo que la empresa debía asumir las consecuencias de su error y no podía repercutir en los trabajadores sin su consentimiento las cantidades que en su día no retuvo.
Si una empresa aplica por error un tipo de retención menor a los trabajadores o no les retiene nada y, sin embargo, ingresa en Hacienda el importe correcto, la empresa está legitimada para exigir la devolución de las cantidades que el trabajador percibió en exceso (sent. del TS de 14.12.09).
Una empresa ingresó las retenciones a cuenta del IRPF correspondientes al ejercicio 2004 practicadas sobre la







