He leido y acepto las condiciones de la politica de privacidad.

cerrar X


Los trabajadores cuyas vacaciones coincidan con una baja por incapacidad temporal tienen derecho a disfrutarlas en otro periodo, incluso aunque cuando se reincorporen de la baja haya finalizado el año natural (sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, TJCE, de 10.09.09, en respuesta a una consulta planteada por el Juzgado de lo Social de Madrid y que ratifica lo ya dispuesto en la sent. del TJCE de 20.01.09).

A esta sentencia se le une la dictada por el Tribunal Supremo (sent. de 24.06.09), que ha modificado la postura que venía manteniendo hasta ahora para adaptarla al criterio comunitario. Ahora, el TS reconoce el derecho de los trabajadores a disfrutar de los días de vacaciones cuando el período fijado para su disfrute coincida con una baja por incapacidad temporal.

Otras noticias de su interés

  • La baja por enfermedad retrasa el comienzo de las vacaciones Hasta hace poco, si uno de sus trabajadores tenía fijadas...
  • Se publica un manual para homogeneizar los criterios sobre la baja laboral La Seguridad Social ha publicado un manual sobre los tiempos...
  • Las vacaciones están a la vuelta de la esquina: ni una duda sin resolver ¿Ha comunicado ya a sus trabajadores sus fechas de vacaciones?...
  • ¿Cuántos días está de baja en su empresa un empleado enfermo? Los empleados pueden estar de baja por incapacidad temporal (IT)...
  • ¿La empresa debe conceder el permiso por nacimiento de un hijo a un trabajador que está de vacaciones? PREGUNTA: Un trabajador que en la actualidad se encuentra de...

    1. Jose Antonio says:

      Puede dar se la baja a un empleado por jubilacion al cumplir los 65 años, estando de baja medica por enfermedad ?

    Escribir comentarios